La falta de plazo permite recuperar una vivienda cedida gratuitamente

04/08/2026

El Supremo permite recuperar viviendas cedidas

La falta de plazo permite el desahucio por precario

El Tribunal Supremo ha confirmado que un propietario puede recuperar una vivienda cedida gratuitamente cuando la ocupación no tiene un plazo definido, aunque la persona beneficiaria hubiera recibido autorización para permanecer en el inmueble mientras necesitara utilizarlo.

La decisión se recoge en la Sentencia n.º 1273/2026, de 21 de julio (ECLI:ES:TS:2026:3345), dictada por la Sala de lo Civil. El tribunal estima el recurso de casación presentado por la propietaria y mantiene el desahucio por precario acordado en primera instancia.

La resolución establece que una cesión gratuita no permite mantener la ocupación de forma indefinida cuando no existe una duración objetiva y la continuidad depende únicamente de la voluntad del ocupante.

Una cesión familiar sin contrato escrito

El origen del procedimiento se encuentra en una vivienda que fue cedida sin contraprestación económica mediante un acuerdo verbal. La propietaria permitió que otra persona residiera en el inmueble mientras lo necesitara, sin establecer una fecha concreta de devolución.

Cuando la titular solicitó recuperar la vivienda, la ocupante no aceptó abandonar el inmueble, lo que llevó a la presentación de una demanda de desahucio por precario.

El juzgado consideró que la ocupación carecía de un título suficiente para mantenerse frente a la propietaria. Posteriormente, la Audiencia Provincial interpretó que existía un comodato, al entender que la finalidad de la cesión era cubrir una necesidad habitacional concreta.

El Supremo limita el alcance del comodato

El Tribunal Supremo centra su análisis en la naturaleza del comodato regulado en el Código Civil. Según la Sala, este contrato exige una cesión gratuita, pero también una utilización limitada en el tiempo.

Los artículos 1740, 1749 y 1750 del Código Civil determinan que el uso concedido debe estar vinculado a una duración o finalidad que permita conocer cuándo debe devolverse el inmueble. La ausencia de estos elementos permite al propietario reclamar la restitución.

Para el Supremo, una referencia genérica a la necesidad de vivienda no puede considerarse suficiente. Si la duración queda condicionada exclusivamente a la decisión de la persona ocupante, la propiedad pierde la posibilidad de recuperar el inmueble mientras esa necesidad continúe.

Relevancia práctica para propietarios

La sentencia confirma que una cesión gratuita de vivienda debe contar con unas condiciones claras para evitar conflictos posteriores. La fijación de un plazo, una finalidad concreta y unas causas de devolución permite delimitar los derechos de ambas partes. El fallo también aclara que la denominación del acuerdo no resulta decisiva. Una relación presentada como comodato puede terminar siendo considerada precario cuando desaparece el elemento temporal que justificaba la ocupación.