El Supremo limita la legitimación de los herederos en la hipoteca inversa

08/09/2026

El Supremo niega legitimación de los herederos para anular una hipoteca inversa por su consentimiento

El Tribunal Supremo aclara la legitimación de los herederos frente a una hipoteca inversa suscrita por sus padres. Anula además, por falta de transparencia, la cláusula que fija el interés retributivo.

Las claves de la legitimación de los herederos en este caso

El Tribunal explica que los hijos de los prestatarios no son parte en el contrato. Tampoco ostentaban, a la fecha de la firma, la condición de herederos.

Por ello, niega la legitimación de los herederos para instar la nulidad de la hipoteca inversa por falta de su propio consentimiento.

Origen del litigio: la legitimación de los herederos en juego

Un matrimonio suscribió, en 2010, un contrato de hipoteca inversa con una entidad bancaria, actualmente Kutxabank, S.A. El padre falleció en 2016, y la madre, en 2019.

Sus cuatro hijos demandaron después a la entidad, reclamando la nulidad del contrato o, subsidiariamente, una compensación.

La cláusula del interés retributivo, anulada por completo

El Tribunal Supremo considera que la cláusula tercera carece de transparencia en su conjunto. Rechaza la solución de la Audiencia, que solo había anulado la parte del anatocismo.

Precisa que esa fórmula suponía integrar el contrato, algo prohibido salvo en beneficio del consumidor. El préstamo queda así sin interés remuneratorio.

Recorrido judicial

El Juzgado de Valladolid solo había anulado la cláusula de intereses de demora. La Audiencia Provincial fue más allá, aunque mantuvo el tipo fijo pactado del 6,50 %.

Fallo del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo desestima el recurso por infracción procesal y estima en parte la casación. Impone las costas de primera instancia al banco, dada la condición de consumidores de los demandantes.