Un divorcio consiste cuando dos personas ponen fin al vínculo matrimonial que les ha unido durante un tiempo. Da por finalizada una etapa de tu vida que permite aprender para un futuro. Este trámite puede ser a solicitud de una sola persona o de ambas partes. Cada vez, hay más divorcios. Sólo en España se producen alrededor de 100.000 divorcios anuales según la IPF.

¿En qué consiste un divorcio?

La ley ha avanzado mucho en respecto hace 50 años. Ahora se permite realizar un divorcio a pesar de haber contraído matrimonio de forma tradicional. En el Código Civil se introdujo en 1981 con concepto jurídico que indica que dos personas pueden poner fin a su relación y volverse a casar con quien desean. Además, en la Ley 15/2005, de 8 de julio, se procedió a modificar el Código Civil que permite solicitar el divorcio a los tres meses que se realiza la unión sin necesidad de separarse previamente ni alegar causa alguna.

En el caso de Cataluña, la normativa que debemos tener en cuenta se encuentra en las disposiciones del Libro II del Codi Civil de Catalunya de la Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia. En el existen ciertas discrepancias en comparación al Código Civil de España, por ejemplo en el Plan de Parentalidad o la AÇtribución del uso de la vivienda familiar.

Actualmente, se han facilitado todos estos trámites de divorcio con la custodia compartida o el divorcio exprés. Respecto a las obligaciones de hijo, no deriva de una unión matrimonial si no de una relación de parentesco, y se deben cumplir sus obligaciones de cuidado. A pesar de que nunca haya habido un matrimonio entre ambos.

Tipos de divorcio en España

En España existen dos tipos de divorcio: el contencioso y mutuo acuerdo. Para llevar a cabo un divorcio solo se debe cumplir un único requisito existente que ya hemos comentado antes. Ese requisito es haber transcurrido mínimo tres meses desde que se contrajo matrimonio.

Divorcio de mutuo acuerdo

El primer tipo de divorcio en España es el de mutuo acuerdo. Un divorcio que se establece un acuerdo entre dos excónyuges. Este procedimiento se suele resolver de forma más rápida que el contencioso y también es menos costoso. El divorcio de mutuo acuerdo normalmente es menos lesivo para las personas involucradas como pueden ser los cónyuges y los hijos.

Divorcio contencioso

El segundo tipo de divorcio que existe es el contencioso. Este divorcio se somete cuando uno de los cónyuges solicita sin consentimiento previo la demanda de separación por vía judicial.

Este tipo de divorcio se suele establecer cuando hay un desacuerdo entre los cónyuges. En este caso, el juez es el encargado de hacer de mediador para determinar la situación de cada cónyuge.

Ambas partes de un matrimonio puede presentar la demanda de divorcio sin alegar causa alguna. En estos casos, el divorcio es más caro que uno de mutuo acuerdo debido que cada parte necesita de un letrado diferente. Asimismo, suele ser más complejo y se suele prolongar más tiempo para llegar a un acuerdo común.

También, existen dos causas que ponen fin a la acción del divorcio:

 

Medidas que se deben regular en un divorcio

En el procedimiento de un divorcio se deben tomar unas decisiones para evitar problemas en un futuro. Cada cónyuge defenderá por sus propios intereses tanto el ámbito patrimonial como personal. Las posibles medidas que se deben regular son las siguientes:

  1. Separación de bienes:

    El primero de todos es la separación de bienes de bienes. Conocido, también, como liquidación del régimen económico matrimonial. En España, existen tres tipos de regímenes económicos matrimoniales:

    • Régimen de gananciales. La liquidación de gananciales se basa en las ganancias y beneficios obtenidos por los cónyuges durante el matrimonio. También, se incluyen las deudas y obligaciones contraídas. En este caso, ambos serán responsables de ese pago.
    • Régimen de participación. Cuando hay un divorcio cada cónyuge participará en las ganancias o disminuciones de su patrimonio.
    • Régimen de separación de bienes. Cada cónyuge conserva la propiedad y administración de sus bienes tanto los adquiridos antes del matrimonio como los adquiridos durante este.
  2. Tipo de custodia (en caso de hijos)

    Si existen hijos menores en una ruptura hay distintos tipos de custodia. Los padres siempre buscan aquella que suela ser menos dolorosa para los más pequeños. Existen cuatro tipos de custodias:

    • Custodia monoparental, individual o exclusiva: es la más habitual. Se atribuye a los hijos a un solo progenitor que será el encargado del cuidado diario y ordinario de los hijos menores. Este será el progenitor custodio y aquel que no tiene la custodia de los menores es conocido como progenitor no custodio. A este se le atribuye el uso de la vivienda familiar y será el encargado de gestionar la pensión de alimentos que corresponda a los hijos. Por otro lado, el progenitor que no tenga a los hijos menores tiene el derecho de visita, comunicación y estancia con ellos según el artículo 94 del Código Civil.
    • Custodia compartida: se trata cuando ambos progenitores tienen la compañía de sus hijos en periodos alternos como quincenas, meses o trimestres. Tanto el padre como la madre pueden tomar decisiones en igualdad de condiciones sobre el cuidado de los hijos. Este es uno de los regímenes de forma de guardia y custodia reflejado en el artículo 92 del Código Civil.
    • Custodia partida o distributiva: esta custodia se basa cuando en un matrimonio hay varios hijos y estos se separan. No suele ser muy común por el hecho que no se recomienda separar a los hermanos, salvo casos muy excepcionales y justificados. En esta custodia unos hijos quedan en compañía de un cónyuge y los demás en el otro cónyuge.
    • Custodia ejercida por un tercero: la custodia ejercida por terceros se trata de una custodia en interés del menor. Se aplica esta custodia cuando hay distintas circunstancias que impiden que los hijos queden en manos de los progenitores que puede ser por maltrato, abandono, falta de recursos, etc. En esta ocasión, se puede atribuir la custodia a los abuelos, parientes cercanos, personas que lo consientan o a una institución adecuada.
  3. Pensiones alimenticias

    La pensión alimenticia es aquella que se debe pagar tras un divorcio al cónyuge que mantiene a los hijos. Normalmente, el progenitor no custodio suele pasar la pensión al progenitor custodiado (aquel que se encarga de sus hijos).

    Tal y como indica el artículo 142 del Código Civil, los padres deben ofrecer los alimentos indispensables a sus hijos como sustento, habitación, vestido, educación e instrucción y asistencia médica (que incluye embarazo y parto).

    La pensión alimenticia se calcula en varios factores como el número de hijos, que necesidades tienen, residencia y el patrimonio común. Se recomienda que durante la redacción de este convenio se haga junto a un letrado especializado para evitar las posibles tensiones.

    Hay ocasiones que el progenitor no custodiado no puede pagar la pensión de alimentos por varios motivos. En estos casos, se debe solicitar una modificación en los tribunales. Porque si se deja de pagar la pensión alimenticia al progenitor custodiado el hecho está considerado delito de abandono de familia por el Código Penal. Esto se produce cuando el cónyuge no paga durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos.

  4. Pensiones compensatorias

    La pensión compensatoria es aquella que se debe pagar a uno de los cónyuges tras una separación queda en un desequilibrio económico. Esta pensión está plasmada en el artículo 97 del Código Civil.

    Una persona tiene derecho a una compensación que podrá ser por tiempo indefinido, temporal o prestación única cuando se separa y sufre un empeoramiento en su situación. Además, debe ser solicitada por el cónyuge que sufra del desequilibrio.

    En la legislación no hay un baremo para fijar la pensión compensatoria. Por este motivo, se fija por un acuerdo entre los cónyuges o una sentencia judicial. Esta compensación puede modificarse si está establecido en el convenio regulador o hay un cambio en el patrimonio de uno de los cónyuges.

    Del mismo modo, existe una pensión conocida como viudedad. Esta pensión se ofrece cuando un cónyuge fallece. En este caso, el cónyuge supérstite tendrá derecho a la pensión de viudedad con carácter vitalicio si se cumplen uno de los siguientes requisitos:

    1. El fallecido esté dado de alta en la Seguridad Social habiendo cotizado 500 días dentro de los 5 años anteriores.
    2. Cuando el fallecido no está dado de alta en la Seguridad Social, pero ha cotizado durante 15 años, a excepción si el fallecimiento es por accidente o enfermedad profesional.

     

Atribución del uso de la vivienda en un divorcio

Una de las principales decisiones que se hacen en un divorcio o separación a quién se le atribuye el uso de la vivienda actual. Se trata de decidir a quién se le otorga la vivienda que se recoge en el convenio regulador de divorcio y se somete a la aprobación judicial.

Sin embargo, en el caso que no hay un acuerdo entre los cónyuges sobre la atribución de la vivienda hay distintos casos:

¿Cuándo y cómo se liquida el régimen económico matrimonial?

El divorcio es una de las principales causas de liquidar el régimen económico matrimonial.  Esta liquidación se puede realizar en el momento del divorcio. Existen varios tipos de liquidación del régimen económico entre los cuales destacan:

Para realizar una liquidación una vez acabado los trámites del matrimonio debemos hacer un inventario de todos los bienes matrimoniales con su respecto valor económico. Además, debe saber que no puede haber ninguna deuda. Si en el caso que hubiese alguna debería cancelarse o resolverse. Finalmente, se realiza un reparto para cada parte del matrimonio.

Documentos necesarios para el proceso de divorcio

Para iniciar un procedimiento de divorcio se debe presentar unos documentos. Esta documentación varía según si se trata de un divorcio de común acuerdo o contencioso.

Abogados especialistas en divorcios o separaciones

En todo proceso de divorcio es imprescindible contar con un buen abogado especialista en Derecho de Familia y Divorcio. Estos profesionales intervienen en un divorcio para ayudar a los cónyuges.

En caso de que los cónyuges deciden realizar un divorcio de mutuo acuerdo solo necesitan un abogado y un procurador. Sin embargo, si se realiza un divorcio contencioso es obligatorio que cada uno de los cónyuges tienen que estar acompañados por un abogado y un procurador.

En Abogados Lacaba somos especialistas en Derecho de Familia y Divorcio. Ofrecemos un servicio de tramitación y administración como asesoramiento judicial y fiscal en todos los tipos de divorcios en el menor tiempo posible. No dude en ponerse en contacto con nosotros.